Cómo es el Nuevo Código para los barrios cerrados

Cómo es el Nuevo Código para los barrios cerradosDurante el fin de semana, el diario La Nación publicó un interesante artículo de la escribana Fernanda Muntaner que explica de modo muy concreto cómo funciona el Nuevo Código para los barrios cerrados, que a partir de ahora son denominados «conjuntos inmobiliarios» ya que los consorcios son personas jurídicas. «Desde agosto de 2015 los conjuntos inmobiliarios son consorcios, los lotes son unidades funcionales, y los dueños de cada casa copropietarios. Adecuarse significa ajustar la realidad de cada barrio al nuevo derecho real. La ventaja de adecuarse voluntariamente es que los mismos copropietarios podrán regular sus derechos y normas de convivencia dentro de su propio barrio, y los que no lo hagan deberán someterse a la voluntad de un juez en caso de controversia», explica la escribana. «Los barrios que no se han adecuado al nuevo código están en situación de infracción frente a la ley. Algunos perjuicios que ya están sucediendo: la AFIP está quitando las exenciones de IVA y ganancias a las sociedades anónimas administradoras. Por eso, los barrios sin la exención comenzarán a abonar el 35% del impuesto a las ganancias, trasladado al gasto total de expensas. Por otro lado, los jueces no le reconocen el carácter de título ejecutivo al cobro de las expensas dentro de countries y barrios cerrados, por no ser consorcio, o sea por no adecuarse a propiedad horizontal como exige el código», detalla en su artículo.

Según la experta, aquellas propiedades dentro de barrios cerrados que no están adecuados a este nuevo código ya se encuentran perdiendo valor y a futuro serán menos competitivas en el mercado que aquellos barrios que si lo hicieron.

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